Conseguir vivienda en la CDMX es cada vea más difícil. Los precios de las rentas han aumentado considerablemente en los últimos años y muchos inquilinos se han visto sorprendidos con aumentos desproporcionados de un momento a otro. Esto genera dificultad para habitar zonas céntricas, aleja a las personas de los centros de trabajo, desplaza a poblaciones originarias de sus comunidades y afecta el ingreso de las personas al tener que gastar más en renta. Por ello el Gobierno de la CDMX publicó el pasado 28 de agosto de 2024 la reforma al Código Civil y la Ley de Vivienda de la Ciudad de México. Su objetivo: controlar el aumento desproporcionado de las rentas. Aquí te presentaremos los tres ejes principales de esta Reforma y sus implicaciones.
1. Control al incremento de las rentas
Se reforma el Artículo 2448 D del Código Civil para el Distrito Federal. Se establece que el incremento de la renta nunca será mayor a la inflación.
El incremento en las rentas no podrá exceder la inflación reportada por Banco de México. La base de referencia será el monto de la renta del año inmediato anterior. Ejemplo: para una renta de $10,000 pesos, con una inflación de 4.21% en el año anterior, tendrá un aumento máximo permitido de $421 pesos, quedando en $10,421 pesos.
Este límite en el incremento de las rentas aplicará únicamente a los inmuebles destinados a casa habitación. La medida, entró en vigor desde el 29 de agosto de 2024.
2. Creación de un Registro Digital de Contratos de Arrendamiento
Se reforma el Artículo 2448 F del Código Civil para el Distrito Federal. Registro digital de contratos de arrendamiento. Contempla la “autorización inmediata” del contrato. Plazo de 30 días, a partir de la celebración, para que el Arrendador lo registre. Este registro NO SERÁ PÚBLICO.
Se deberá realizar el registro de los contratos de arrendamiento en un portal de gobierno de la CDMX. El plazo para registro es de 30 días contados a partir de la firma del contrato. Esta medida aplica para todos los contratos de arrendamiento, incluso los realizados antes de la entrada en vigor de la reforma. El plazo para registrar contratos de arrendamiento anteriores es de 90 días a partir del 29 de agosto de 2024.
Sin embargo, aún no se cuenta con el portal habilitado, pero el Gobierno tiene un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor de la reforma. La información de este registro NO SERÁ PÚBLICA.
3. Producción de vivienda para arrendamiento asequible
Se reforma el Artículo 1 de la Ley de Vivienda de la Ciudad de México. Crear Sistema de Información de Vivienda de la Ciudad de México. Producción pública de vivienda en arrendamiento asequible para personas de menores ingresos (trabajadores, madres solteras y personas jóvenes entre 18 y 35 años).
El Gobierno deberá producir y gestionar viviendas para arrendamiento a precios accesibles. La Autoridad no solo regulará el mercado, sino que participará en el en la construcción y oferta de viviendas usando recursos públicos.
Adicionalmente, se instrumentarán incentivos fiscales y administrativos para facilitar construcción de viviendas accesibles. No obstante, aún no se definen estos mecanismos de incentivos.
En conclusión…
Esta Reforma ha causado reacciones encontradas. Por un lado, es evidente que la dinámica social en las grandes ciudades ha cambiado drásticamente. Fenómenos como las rentas vacacionales han creado problemáticas sociales sumamente lesivas para las comunidades. A la luz de estas problemáticas, crear mecanismos para garantizar una vivienda digna y accesible es de gran importancia.
Por otro lado, existe preocupación sobre la forma en que se implementarán las reformas. Para el tema del registro de contratos de arrendamiento, por las implicaciones de sobrerregulación que podría generar. En el caso de la producción de vivienda, por el rol que podría jugar el Gobierno al entrar directamente a competir en el mercado.
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@FaustoBanuelos