Declaración de Uso de Marca
Si registraste tu marca después del 10 de agosto de 2018, tendrás que realizar la Declaración de Uso Real y Efectivo de tu Marca o de lo contrario podrías perderla. La buena noticia: que el tramite es sumamente sencillo.
Contexto…
En agosto de 2018 se aprobó una Reforma histórica a la Ley de la Propiedad Industrial como no se veía desde el año 1994. Esta reforma creó un marco jurídico moderno y dinámico, de acuerdo con los avances globales en materia de propiedad industrial. Algunas de las modificaciones más relevantes de esta Reforma:
- El concepto de marca se amplió al indicar que esta puede constituirse por cualquier “signo perceptible por los sentidos”. Esto contempla el registro de denominaciones, letras, números, elementos figurativos y combinaciones de colores, signos holográficos, formas tridimensionales, elementos olfativos, entre muchos otros.
- Ahora pueden registrarse nombres comerciales, denominaciones o razones sociales y hasta el nombre propio de una persona física.
- Nuevos registros: marcas de certificación y marcas genéricas y descriptivas.
- Ampliación de impedimentos y causales de nulidad. Se robusteció el procedimiento del Sistema de Oposición.
- Se estableció la obligación de realizar una Declaración de Uso.
Como resultado de esta Reforma se aumentó el manto de protección al que puede accederse, pero también robusteció el marco jurídico que regula a las marcas. Una de estas medidas es, precisamente, la Declaración de Uso.
¿El porqué de la Declaración de Uso?
La respuesta es sencilla: el Instituto se dio cuenta de que había muchas marcas que eran registradas y nunca eran realmente usadas. Recordemos que cualquier derecho emanado de la Propiedad Intelectual es, básicamente, un “monopolio legal”.
La protección derivada de un titulo de registro permite que su titular se oponga a que cualquier otra persona haga uso de este. Ademas, cuando se otorga a un particular la facultad de explotar de forma exclusiva un bien intangible, pero no lo hace, se lesiona el derecho de otra persona que sí pudiera explotarlo eficientemente.
Por consiguiente, surgió la obligación de declarar que el signo distintivo (marca) sobre el cual se otorgó la protección está siendo usado real y eficazmente. Esta obligación se encuentra en el artículo 233 de la Ley de la Propiedad Industrial.
¿Cuándo debe hacerse?
La Declaración de Uso debe hacerse a los TRES años de haberse registro la marca. La fecha de registro la encontrarás en tu título. Cumplido 3 años de esa fecha y en plazo de 3 meses a partir de esta, deberás presentar la Declaración de Uso.
Recuerda que de no hacerla en el plazo establecido, el Instituto podrá declarar la caducidad de tu marca. Esto significa que perderás la titularidad sobre ella. Por lo tanto deberás presentar de nuevo tu solicitud y el pago de la tarifa. Pero existe la posibilidad que alguien más la registrara y la perderías definitivamente.
¿Cómo se hace?
Lo buena noticia es que el trámite es bastante sencillo:
- Deberás llenar el formato IMPI-00-014.
- Pagar la tarifa correspondiente (14-D), por un monto de $985.67 pesos más IVA.
- Presentar los documentos (formato, pago y anexos que correspondan) directamente en el Portal de Acceso a Servicios Electrónicos.
Para poder realizar este tramite deberás de tener una cuenta PASE. Registrarte es muy sencillo, únicamente necesitas tu CURP (aquí podrás obtenerla).
Una última advertencia…
Recuérdalo: es una Declaración de Uso Real y Efectivo.
Aunque el trámite es realmente sencillo, no debemos olvidar que la esencia de este es la DECLARACIÓN que hacemos al IMPI en la cual le manifestamos que REAL y EFECTIVAMENTE estamos haciendo USO de la marca que tenemos registrada.
Si esto no fuera cierto y un tercero quisiera hacer uso de la marca, podría iniciar un procedimiento de Oposición y, de no tener elementos suficientes para probar el uso real y efectivo de la marca, podría perderse.
Así que ya lo sabes: si tu fecha de registro es posterior al 10 de agosto de 2018, deberás realizar este trámite y así conservar los derechos que adquiriste sobre tu marca.
P.S. Y si aun no registras tu marca, acá te decimos cómo…